Compré un coche en 2006, ¿Soy un consumidor afectado por el cártel de automóviles?

 

                                                                     Imagen: www.elcorreo.com

No es la primera vez que un grupo de mercantiles se asocian implícitamente para pactar precios, prestaciones y servicios a sus potenciales clientes, constituyendo lo que se conoce como un cártel. En esencia esta figura, supone un acuerdo entre empresas que pertenecen a un mismo sector productivo cuya finalidad es:

-        Eliminar o reducir la competencia dentro de su mercado.

-   Establecer un férreo control sobre la producción que suponga controlar en su totalidad un determinado mercado.

-    Obtener una mayor cuota de mercado que lleva asociada un incremento de sus beneficios, en perjuicio de los consumidores.

El anterior cártel, que los consumidores europeos sufrieron, y  que ahora nos sirve de precedente, fue el que se desato en la zona europea durante el extenso período 1997-2011. Cártel que afecto a cientos de usuarios que adquirían un camión para ejercer sus actividades o ampliar sus flotas de transportes. En aquella ocasión las indemnizaciones que se concedieron por haber sufrido las consecuencias de estos acuerdos oscuros oscilaron entre el 5% y el 20% del valor de compra del camión.

El cartelización de los automóviles denunciada por el grupo SEAT-VOLKSWAGEN-AUDI, en el mes de junio de 2013, llevó a la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (en adelante CNMC) a investigar sobre las actuaciones que llevaban a término el conocido como “Club de las Marcas”. De este grupo formaban parte, prácticamente, la totalidad de las marcas del mercado.

El Consejo de la CNMV en julio de 2015 dicto la Resolución S/0482/13, por la que confirmaba que había existido un intercambio de información comercial en el mercado automovilístico español, práctica que se consideraba anticompetitiva y que afectaba a las áreas más sensibles y estratégicas de este sector; gestión empresarial, posventa y marketing. La multa que les imponía ascendía a 171 millones de euros a repartir, según sus cifras de negocio de ejercicios anteriores, entre las más de veinte empresas fabricantes y distribuidoras de automóviles en España.

El denominado “Club de las Marcas”, actuó entre los meses de febrero de 2006 y julio de 2013. Por tanto, el consumidor que adquiriera un automóvil durante este período podrá solicitar que se le resarza por lo abonado de más al formalizar la compraventa.

¿Qué documentación se tendrá que tener en cuenta si pretendemos reclamar las prácticas que se llevaron a cabo bajo este cártel? En primer lugar, tendremos que justificar la compraventa del automóvil con su factura, y en segundo extremo, solicitar una peritación económica que nos justifique cuál habría sido el precio de nuestro automóvil de no haberse dado esta cartelización.

Hay que tener en cuenta que esta reclamación puede llevarse a cabo tanto por clientes directos, los que adquirieron el vehículo directamente del fabricante o concesionario, como por clientes indirectos, aquellos consumidores que han adquirido el automóvil de segunda mano.

En mayo de 2021, nuestro Tribunal Supremo dictó Sentencia por la que confirmaba la Resolución emitida por la CNMC tras varias demandas presentadas por las marcas que formaron parte del cártel con el fin de ser eximidas de estas sanciones. Aunque existen interpretaciones acerca de la prescripción de acciones; si debería contarse el plazo desde que se dictó la Resolución de la CNMV en 2015, que significaría que están prescritas, o si esta prescripción empieza a contar desde la Sentencia del TS, de fecha 31-05-2021. Destaca esta última sobre la primera, al tratarse de una resolución jurisprudencial.

Por lo tanto, si somos consumidores afectados deberíamos en primer lugar, siempre es recomendable a través de un letrado, realizar una reclamación previa para paralizar la prescripción, que podrá ser ante el fabricante o el concesionario, o ambos, y posteriormente presentar una demanda que nos permita recuperar entre un 5% y 15%, de la cantidad que se estima se nos cobró de más al adquirir nuestro automóvil.

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