¡Qué la suerte no te separe!
Como abogado, a menudo me encuentro con situaciones donde la alegría de un evento —como un premio de lotería— se ve empañada por la falta de previsión. El aforismo popular tan usado de "Las palabras se las lleva el viento", es en estos casos especialmente cierto.
Cuando un décimo de lotería resulta premiado, la emoción es inmensa. Sin embargo, si ese décimo ha sido compartido con amigos, familiares o compañeros de trabajo, etcétera y no existe una prueba documental clara de esa participación, la situación puede derivar rápidamente en un conflicto civil y de familia innecesario.
La participación en un décimo de lotería compartido, aunque parezca un simple acuerdo entre particulares, es a efectos legales un negocio jurídico. En principio, el reparto de un décimo puede formalizarse mediante un contrato verbal. ¿Cuál es el problema? La prueba.
En ausencia de un documento escrito o décimo con cientos de anotaciones, el único titular legal ante la entidad pagadora (Loterías y Apuestas del Estado) y la Agencia Tributaria es la persona depositaría del décimo.
Si esta persona niega la participación de terceros, los supuestos copartícipes se verán obligados a iniciar un costoso y largo procedimiento judicial para demostrar la existencia del acuerdo, la cuantía de su aportación y el número de participantes.
La carga de la prueba recaerá sobre quien reclama la parte del premio. Esto implica buscar correos electrónicos, WhatsApp, testigos o extractos bancarios, lo cual es notoriamente complicado y puede ser insuficiente.
¿Cómo podemos asegurar esa participacion junto a terceros?
La prevención es la mejor defensa. Si vas a compartir un décimo, la solución es sencilla y requiere solo unos minutos.
El objetivo es crear un documento que sirva como prueba fehaciente de la coparticipación, antes de que el décimo resulte premiado. ¿De qué modo?
1. La Foto del Décimo.
El método más rápido y eficaz es el resguardo digital. El depositario del décimo debe fotografiar el anverso y el reverso.
En el reverso, se debe anotar el nombre y la firma del depositario y, si es posible, una breve leyenda indicando que se comparte con la persona o personas que sean.
A continuación, envía la imagen del décimo a todos los partícipes a través de un medio con fecha y hora comprobables (WhatsApp, correo electrónico, etc). Es importante asegurar que los demás confirmen su recepción y el acuerdo por el mismo medio. Un simple "Ok, recibido" o "conforme con la participación", es suficiente.
2. El Documento Privado.
Si la participación es entre un grupo grande (compañeros de trabajo, miembros de una asociación, etc), también para pequeños grupos de participantes, lo ideal es redactar un documento privado donde se especifique:
a) Identificación del Depositario: Nombre completo y DNI de la persona que custodia el décimo.
b) Identificación del Décimo: Número de la serie y el sorteo.
c) Lista de Participantes: Nombre completo, DNI y porcentaje o fracción que le corresponde a cada uno.
d) Aportación: Cuantía económica aportada por cada partícipe.
e) Firma: Firma de todos los intervinientes.
Este documento no es necesario elevarlo a público, que pase por Notaría, y resulta una prueba documental de gran valor en caso de litigio.
Después de asegurar una de estas dos modalidades que nos permitirán demostrar que también hemos sido afortunados, vendrán las consecuencias fiscales y fnancieras.
El premio de la Lotería tiene una retención fiscal que se aplica directamente en el momento del cobro. Si solo hay un titular legal ante la entidad de Loterías, será esta persona la que figure como perceptor de la totalidad del premio a efectos de la Agencia Tributaria.
En el supuesto de existir más copartícipes y tenga que repartir el dinero a sus legítimos copartícipes, Hacienda puede presumir que ese reparto es una donación de la persona titular a los demás, lo que podría implicar la obligación de los receptores de liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en su Comunidad Autónoma, además del perjuicio en el IRPF del titular. ¿Cómo solucionarlo?
De forma muy sencilla, acudir al banco para cobrar el décimo (premios superiores a 2.000 euros). El depositario debe identificar a todos los copartícipes y su porcentaje de participación mediante la documentación escrita que hemos generado. El banco se encargará de tramitar el reparto y la retención fiscal de forma individualizada, asegurando que cada uno tribute solo por su parte.

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