La Incapacidad Temporal
Imagen de www.adrantodoli.com El Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (en adelante LGSS), regula en sus artículos 169 a 176 una figura vinculada directamente a la relación laboral existente entre el empleador y la persona trabajadora. El concepto de Incapacidad Temporal (en adelante IT) vendrá encuadrado dentro de estas dos situaciones: Aquellas que se deriven de enfermedad común o profesional, así como de accidente de trabajo profesional o no. En este supuesto, la duración de esta será de 365 días, prorrogables por otros 180 días cuándo se estime que la persona trabajadora puede tener el alta médica. Aquellos períodos de observación debid...