¿Qué conocemos por la doctrina de "El Levantamiento del Velo"?
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Las sociedades de capital son corporaciones en las que es posible que se den distintas formas de abuso por parte de los administradores y socios que las constituyen, consecuencia del amplio control que tienen sobre estas. Situaciones que han confluido en la aparición de la doctrina jurisprudencial que se conoce como "Levantamiento del Velo."
Esta idea tiene por objeto localizar
a los responsables de la sociedad, con capacidad de decisión, que realizan
actuaciones abusivas y contrarias al ordenamiento jurídico, con una finalidad
fraudulenta y con unos resultados perjudiciales hacia los intereses públicos y privados
de la misma. De modo que se admite que los órganos judiciales puedan penetrar
en la organización estructural de la sociedad y profundizar en el interior de ésta
para descubrir la estructura real e intereses que se persiguen, con la finalidad
de identificar a las personas y bienes que la integran.
A pesar de esta operativa,
su aplicación suele estar limitada a casos concretos y extraordinarios. En definitiva,
nuestra jurisprudencia viene identificando como elementos contrarios al
ordenamiento jurídico, entre otros: el abuso de la forma jurídica de la
sociedad, la infra capitalización o descapitalización de esta, la confusión entre
patrimonios societario y personal, etc
¿Cómo sintetiza nuestro
Tribunal Supremo esta doctrina de “El Levantamiento del Velo”?
Según el máximo órgano jurisprudencial,
la finalidad de esta tesis es perseguir y exigir responsabilidades a los
verdaderos responsables de la corporación, así como evitar un uso abusivo de la
personalidad jurídica que perjudique los intereses públicos y privados de
terceros. Sin obviar que su aplicación es excepcional, de forma que su uso también
debe ser ponderado y restringido a situaciones extremas.
¿En qué sociedades suele darse
este tipo de irregularidades?
Su aplicación más habitual
se da en sociedades unipersonales, pues son las más propicias para llevar a
cabo abusos y defraudar a terceros al tratarse de un socio único.
¿Sirve el levantamiento del
velo para sustituir otras vías de resolución de conflictos?
No. Existen disputas, como
las acciones para exigir la responsabilidad contra los administradores o la
impugnación de acuerdos cuya resolución vienen determinadas por los Estatutos
Societarios y la legislación aplicable. Se debe entender la doctrina de “El levamiento
del velo” como la última vía jurídica para resolver las controversias que hayan
surgido en el devenir societario de la corporación.
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