¿Qué garantías tiene el excónyuge titular del domicilio familiar una vez expirado el período de posesión otorgado al otro excónyuge?

                                            Imagen de www.primelegalabogados.com


Las separación conyugal o la ruptura del vínculo matrimonial no son situaciones fáciles aunque se puedan solucionar con la redacción de un Convenio Regulador, completo y claro, que evita que la situación se pueda convertir en contenciosa y perjudicar, de un modo u otro a los dos excónyuges y a los hijos que pudieran existir fruto de la extinta relación.

Dentro de los puntos importantes en la disolución del matrimonio se encuentra la atribución de la vivienda familiar. Aspecto regulado en el art. 96 del Código Civil y cuyo carácter patrimonial puede estar vinculado a la titularidad de uno de los cónyuges, con carácter privativo, o de ambos, resultado de la naturaleza ganancial de la relación. 

Para el primero de los supuestos, es reiterada la jurisprudencia que establece que la atribución de la vivienda al excónyuge que tiene la guarda y custodia de los hijos menores, padece el riesgo de resultar inútil, ya que su propietario puede recuperarla a través del ejercicio de la acción de desahucio por precario. Acción a la que el propietario, excónyuge, o sus padres están legitimados, salvo que exista un contrato de arrendamiento con el excónyuge que tiene otorgada la guarda y custodia de los hijos.

Es bastante clarificadora la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 443/2010 cuando afirma: "La atribución de la vivienda por Sentencia dictada en el ámbito de un procedimiento de familia no puede constituir título jurídico hábil para justificar una posesión que resulte oponible a terceros ajeos a las relaciones surgidas del matrimonio y por el procedimiento matrimonial, ni permite reconocer al beneficiario una posesión jurídica y una protección posesoria en vigor jurídico superior a la que la situación de precario proporciona a la familia, (...)."

En definitiva, que es posible ejercitar la acción de desahucio por precario respecto a la vivienda que ha sido designada por un tiempo determinado al excónyuge con el que conviven los hijos menores, con apercibimiento de lanzamiento de la misma como resultado del transcurso del período de posesión establecido en Convenio Regulador, o en su caso, de Sentencia si el procedimiento a devenido en contencioso.

Comentarios

Entradas populares de este blog

¿Cómo las incidencias en la testamentaría afectan a la herencia y la relación entre herederos?

Revisión de la Base Reguladora de Incapacidad Temporal tras una revisión salarial.

Pasos para Iniciar un Procedimiento Concursal de una Sociedad.