He comprado un coche de segunda mano y tiene un defecto, ¿qué hago?
Es más frecuente de lo puede parecer. Afortunadamente la ley, como en tantas operaciones de consumo, la ley te ampara.
Existe un concepto clave, los vicios ocultos. Que son aquellos defectos graves que el vehículo tenía cuando lo compraste y que no eran evidente a la vista de un consumidor medio, aquel que no tiene conocimientos en la transacción que ha realizado.
En cualquier caso, la forma de reclamar va a depender si se compró a un particular o a una entidad profesional.
¿Cómo actuar si el vehículo fue adquirido a través de un concesionario?
En general vas a tener un plazo de tres años para reclamar, aunque es posible que el plazo se reduzca a un años si así se pacto en el contrato. En este supuesto se aplica la Ley de Consumidores que tiene una mayor protección hacia el consumidor.
Si el defecto aparece durante los primeros seis meses, existe presunción de que existía al momento de la compra. La carga de la prueba va a ser del vendedor. En el caso que aparezca con posterioridad, la carga de la prueba le corresponderá al vendedor.
A qué voy a tener derecho? Si se constata el defecto tendrás derecho a que te reparen el vehículo sin coste, a que te hagan una rebaja en el precio o te reintegren lo pagado, o a su sustitución si fuese posible.
¿Qué hago si se lo compre a un particular?
En este supuesto son más restrictivas la actuaciones. Existe un plazo de caducidad de seis meses para reclamar por vicios ocultos, y se aplica la regulación común del Código Civil. Así mismo, la carga de la prueba siempre la va a tener el comprador, demostrando que el defecto ya existía antes de la compra. Si se prueba que es así, puedes optar a reclamar a través de estas dos acciones: Redhibitoria o Quanti Minoris.
La primera supone anular el contrato y que te reintegren el dinero. Mientras la segunda acción, supondría quedarte con el vehículo y pedir la rebaja de su precio de adquisición. En ambas, si puedes probar que el vendedor sabía de la existencia del fallo y te lo oculto intencionadamente, podrás solicitar una indemnización por daños y perjuicios.
¿Cuáles son los pasos a seguir para reclamar?
1. Guardar todos los documentos; contratos, facturas, recibos, et
2. Documentar el problema. Pasa por llevar el vehículo a un taller de confianza y que elaboré un informe pericial que certifique el fallo, su gravedad y su existencia previa a la compraventa.
3. Contactar con el vendedor. Obtenido el informe pericial contacta con el vendedor de forma fehaciente. Describe el defecto, adjunta el informe y solicita una solución, siempre dentro de un plazo.
4. Negociar. Intentar buscar un acuerdo amistoso siempre es mejor que pleitear.
5. Recurrir a la vía legal. Si el vendedor se niega a colaborar, iniciar un procedimiento judicial con la presentación de una demanda que recoja una de las dos acciones citadas anteriormente.
En cualquier caso, es fundamental que actúes con rapidez y reúnas toda la documentación necesaria para demostrar la existencia del defecto o fallo con anterioridad a la compraventa del bien.
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