¿Cómo y cuándo puedo cancelar mis antecedentes penales?


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La cancelación de antecedentes penales es un derecho que cualquier persona condenada por sentencia firme tiene para extinguir su responsabilidad penal. El proceso no es automático, y deberá solicitarse tras cumplir ciertos requisitos:

1. Cumplimiento integro de la condena; pago de multa, realización de trabajos en beneficio de la comunidad, cumplimiento de la responsabilidad civil derivada del delito, o cualquier otra pena.

2. Plazos. Haber transcurrido un período de tiempo sin delinquir:

- Seis meses. Penas leves.

- Dos años: Penas que no superen los doce meses y las que se hayan impuesto por delitos imprudentes.

- Tres años. Penas menos graves inferiores a tres años.

- Cinco años. Penas menos graves iguales o superiores a tres años.

- Diez años: Penas graves.

3. Reincidencia. No haber cometido un nuevo delito durante los plazos indicados.

¿Cómo se solicita?

Se puede solicitar por correo postal dirigido al Registro Central de Penados, o bien, vía telemática, a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

¿Qué documentación hay que aportar?

  • Formulario de solicitud (Modelo 790).

  • Copia del documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte)

  • Documento que acredite la extinción de la responsabilidad penal.

¿Cuál es el plazo de resolución?

Desde su presentación, el Ministerio de Justicia tiene un plazo de tres meses para resolver la solicitud. Transcurrido este período sin resolución expresa, la cancelación se puede considerar aceptada por silencio administrativo.

Señalar que aunque el trámite pueda ser realizado personalmente por el interesado, es recomendable que se lleve a cabo por un abogado para asegurar el cumplimiento de los requisitos y plazos, y evitar cualquier contratiempo.



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