Entradas

La temporalidad, maratón de la nueva reforma laboral.

Imagen
La reforma laboral que pretende aprobar el ejecutivo antes de finalizar este año se ha visto estancada en los artículos 15 y 16 del Estatuto de los Trabajadores (en adelante ET). Ambos hacen referencia a los distintos tipos de contrato, así como, a su duración. Pretendía el Gobierno que la regulación del porcentaje de temporalidad se hiciese vía Real Decreto Legislativo, mientras que las Organizaciones Empresariales apostaban por su disposición a través de los distintos Convenios Colectivos. Al final se ha impuesto la postura empresarial frente a la del Ejecutivo. En su redacción actual, el artículo 15 del ET, establece que el contrato entre empleador y empleado podrá realizarse por tiempo indefinido o por una duración determinada, con independencia de que hayan adquirido la condición de fijos para ambas modalidades. Nos encontraremos ante un contrato por tiempo indefinido, cuándo la relación laboral del trabajador con la empresa coincida con la jornada habitual que la empresa tenga ...

Rebus sic stantibus

Imagen
A pesar de que supone una excepción al principio contractual de creación romana "pacta sunt servanta", cuya traducción viene a decir que los contratos están para cumplirse. La polémica cláusula "rebus sic stantibus", inicialmente pensada para contratos de larga duración a los que les ha sobrevenido una circunstancia extraordinaria respecto al momento de su formalización, permite al obligado al cumplimiento de las obligaciones y derechos acordados en el contrato, la resolución del mismo por la onerosidad que le ha ocasionado respecto al inicio de la relación. La situación pandémica que venimos arrastrando desde marzo de 2020 ha colocado esta cláusula contractual en boca de la mayoría de consumidores y usuarios que han encontrado una forma de suspender gastos fijos que se han mantenido durante la vigencia del estado de alarma, sus prorrogas y cuya incertidumbre todavía no se ha disipado. La jurisprudencia se encuentra dividida en cuanto al reconocimiento o no de la cl...

¿Qué pasa cuándo a un autónomo le van a dar una baja por Incapacidad Temporal?

Imagen
Es la pregunta que se hacen la mayoría de los trabajadores dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, conocido coloquialmente como RETA, cuándo se ve obligado a suspender sus actividades por una enfermedad o intervención quirúrgica.  Los trabajadores autónomos, por lo general profesionales de distinta sectores, suelen estar solos al frente de la actividad o servicio. Este es el motivo que les lleva a mantener la actividad para entre otras cuestiones poder continuar facturando y no perder los clientes potenciales que pueda tener en un momento determinado. La solución a esta incidencia la encontramos en el Real Decreto 1273/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las contingencias profesionales de los trabajadores incluidos en el RETA. Este texto normativo facilita dos opciones a este trabajador: En primer lugar, suspender la actividad hasta su incorporación, y la que nos va a permitir mantener nuestra actividad que es la presentación del modelo del INSS, D...

El Precario

Imagen
El Derecho Romano como base y fuente de la gran mayoría de los sistemas jurídicos europeos, definió la figura del Precario como aquel contrato por el que una persona cedía a otra, a título gratuito, una cosa con la facultad de revocarla a su arbitrio. Otra acepción de la misma, es cuándo se da la situación de que una persona posee alguna cosa sin tener derecho para ello. El Precario va unido a otra figura jurídica, el comodato o préstamo de uso. Entendemos por éste el contrato por el que una de las partes entrega a la otra una cosa, de carácter no fungible (que no se consume con su uso y no admite sustitución), para que use de ella y se la devuelva transcurrido un tiempo, sin mediar prestación alguna. De forma gratuita. Podemos considerar a modo de ejemplos: el préstamo de una determinada colección de libros, el uso de una máquina cortacésped, etcétera. Nuestro Código Civil (en adelante CC) regula la figura del Precario en su artículo 1750 al afirmar: "Si no se pactó la duración d...

Representación Unitaria y Sindical.

Imagen
  Las dos representaciones tienen un reconocimiento constitucional. Sin embargo, una tiene un carácter obligatorio de acuerdo con el artículo 129.2 de la Constitución Española (en adelante CE), al establecer que: “Los Poderes Públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa (…)”, que encuentra su desarrollo en el artículo 4.1.g) del Estatuto de los Trabajadores (en adelante ET), al afirmar que constituye un Derecho de los trabajadores el derecho a la información consulta y participación en las empresas. Mientras que la sindical tiene un carácter voluntario a pesar de estar regulada en la CE como un derecho fundamental en su artículo 28.1: “Todos tienen derecho a sindicarse libremente. (…)” La representación legal de los trabajadores, también denominada representación unitaria, porque sus miembros son elegidos directamente por todos los trabajadores se manifiesta a través de dos órganos de representación: Delegados de Personal y Comité de Empresa....

En qué situaciones podemos encontrar la herencia.

Imagen
La vida y la ausencia de ésta van de la mano en el Derecho. Desde que nacemos y adquirimos la personalidad hasta que abandonamos nuestra existencia se dan una serie de negocios jurídicos y hechos que dejan un rastro presente y futuro para las generaciones que nos suceden. En palabras de Juliano: “La herencia no es otra cosa sino la sucesión en todo el derecho que el difunto tuviera.” Por lo que el heredero, según Pomponio es: “Aquél que sucede en todo el derecho del difunto no sólo en el dominio de las cosas concretas; también aquéllas que consisten en créditos pasan a éste.” En base a esta doctrina jurídica romana, la herencia se encuentra regulada en nuestro Código Civil (en adelante CC) en el Capítulo II, del Título III. De las Sucesiones. Incluido en el Libro III. De los Diferentes modos de adquirir la propiedad. La herencia se puede manifestar según las siguientes situaciones: 1.      Presunta o sin diferir . Es el supuesto en el que todavía no ha fallec...

El Fondo de Reserva en la Propiedad Horizontal.

Se trata de una figura, habitualmente, desconocida para las comunidades de propietarios, y que la Ley de Propiedad Horizontal incluyo en su articulado desde1999.  El artículo 9.1.f) de la ley, hace referencia a cuál debe ser el destino de este fondo al indicar que deberá ocuparse de las obras de conservación, reparación y rehabilitación de la finca. A pesar de que también abre la posibilidad a que pueda servir para la suscripción de un contrato de seguro que sirva para cubrir los daños causados en la finca, o para la firma de un contrato de mantenimiento del edificio y sus instalaciones. Para saber si el seguro es obligatorio a nivel autonómico habrá que ver su legislación propia. En el caso de la Comunidad Valenciana sí que lo es. Esta regulación la podemos encontrar en la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda. Concretamente en su artículo 30 La Disposición Adicional Primera de la Ley 49/1960, sobre Propiedad Horizontal, señala que el fondo de reserva debe constituirse al a...